jueves, junio 12, 2008

 

Antes del parcial

Les paso algunas leyes que muestran lo que estuvimos charlando la clase pasada sobre la delegación legislativa. Son la ley 25.551 (miren también las negritas, que según dice al final "fueron observadas", lo que significa que hubo un veto parcial. ¿qué pasaría entonces con esta ley??) y la ley 25.344 que es más pedagógica por cómo está planteada...

Luego, hoy en el Clarin, salió una nota de opinión de Máximiliano Rusconi, profesor del master de la facultad, que dice varias cosas sobre la selección de jueces. ¿qué les parece? ¿qué le podrían responder? lo pego aca abajo.

Saludos y cualquier duda, demian.zayat@gmail.com

Clarin, 120608

Opinión
TRIBUNA
Es nocivo el sistema de nombramiento de jueces
La manera en que el Poder Ejecutivo está actuando sobre el Consejo de la Magistratura no ayuda a que la administración de justicia sea eficaz, racional y transparente.


Por: Maximiliano Rusconi Fuente: PROFESOR DE DERECHO PENAL (UBA), EX FISCAL GENERAL

En épocas que no son las mejores en cuanto al funcionamiento protagónico de los contornos institucionales, el sistema de administración de justicia, que siempre se ha caracterizado por costarle mucho la instalación de su propia legitimidad social y comunitaria, no encuentra demasiados estímulos públicos como para dar renovadas muestras de eficiencia, eficacia y racionalidad.

Durante mucho tiempo, frente a las graves y cíclicas crisis por las que atravesaba el sistema de Justicia penal (en particular), se formularon enérgicos reclamos a los otros dos poderes de la tríada constitucional para que instalen en sus respectivas agendas de trabajo las acciones que debían ejecutarse desde sus propios ámbitos de poder para colaborar en una necesaria y urgente mejora o transformación del sistema judicial.

De esa época hemos recibido propuestas legislativas de los respectivos poderes ejecutivos y la sanción de un conjunto de normas de parte del Poder Legislativo destinadas a encaminar esa mejora necesaria. El gran desafío de aquella época se había logrado: que tanto el Poder Ejecutivo y como el Poder Legislativo salieran de su lacrimógeno autismo y se hicieran cargo de la responsabilidad republicana que residía en la colaboración con el resurgimiento de un Poder Judicial del cual ningún sistema republicano que se precie puede prescindir.

Uno de los productos trascendentes de aquella época remite a la sanción de la ley que crea el Consejo de la Magistratura. Para decirlo con un lenguaje fiel y comprensible para cualquiera: se trató de que los jueces ya no fueran elegidos por un dedo amigable que casualmente ocupa un asiento cercano al poder, sino que su designación debía provenir de un serio, transparente, limpio y profundo examen de los méritos personales para recibir semejante honor, que los coloca, ni más ni menos, que en el lugar en el cual se define con carácter imperativo la suerte de los semejantes.

El sistema de nombramiento de jueces imperante, luego de asegurar ese oxigenante (por lo menos en términos ideales) proceso de selección, que culmina en la definición de una terna de candidatos expuesta por orden de jerarquía de los méritos evaluados, ofrece la facultad (siempre muy discutible) al Poder Ejecutivo de elegir a cualquiera de los tres seleccionados. Una atribución que, hay que decirlo, se encuentra asegurada para el Poder Ejecutivo en el art. 99 inc. 4 de la Constitución Nacional.

Ahora bien, en épocas en las cuales todavía no se había tomado la decisión de modificar la (siempre nítida) influencia del Poder Ejecutivo en la integración y funcionamiento del Consejo de la Magistratura, existía la sensación (corroborada por los hechos) de que quienes ocupaban el Poder Ejecutivo se cuidaban mucho de usar la facultad, de una base indudable de discrecionalidad política, de enviar el pliego de antecedentes del candidato que no ocupaba el primer lugar en la terna seleccionada.

Era de esperar que, una vez acentuada la incidencia del Poder Ejecutivo y, por su supuesto, de las consideraciones políticas o ideológicas (en el mejor de los casos) que siempre guían su tendencia operativa, a través de la modificación del modelo de integración y de funcionamiento del Consejo de la Magistratura, ese resguardo para la actuación política, que se manifestaba en la elección de quien no era primero, pero era más "amigable", ya no tendría casi ningún justificativo.

Sin embargo, la propia información oficial que brinda el Consejo de la Magistratura en los últimos concursos de selección de magistrados que tendrán jurisdicción penal nos describe que en cerca del 80 por ciento de los casos (si se toman los últimos concursos que han generado el envío de pliegos de antecedentes de los candidatos al Senado), no se ha enviado el pliego del mejor posicionado.

Es decir, no se ha enviado la propuesta de quien en términos objetivos, el propio funcionamiento del proceso de selección del Consejo de la Magistratura ha colocado como el mejor candidato. Es decir, en 8 de cada 10 casos no se elige al mejor y, para peor, no se explicitan las razones por las cuales se produce esa posiblemente caprichosa decisión.

Este escenario permite que observemos con cierta perplejidad cómo algunos candidatos que, por méritos indudablemente propios, con tribunales de diversa integración, una y otra vez, logran el primer lugar en el orden de mérito, sin embargo ven sus expectativas defraudadas, cuando se confirma el envío del pliego de quienes habían quedado relegados en el proceso de evaluación.

A ello se suma que, hace pocos días, el Poder Legislativo ha decidido otorgarle al Poder Ejecutivo la facultad de confeccionar listados de jueces que en verdad no son jueces (no han sido seleccionados por el sistema previsto en la Constitución Nacional), pero que pueden serlo si les toca en suerte ser elegidos por el poder administrador para ocupar los lugares vacantes, ello sin mayores requisitos que el tener las condiciones formales para ocupar esos espacios jurisdiccionales de la máxima trascendencia.

Ambos escenarios, a no dudarlo, no son los más saludables e indudablemente colaboran en cierto desprestigio del sistema actual del nombramiento de jueces.

Así como hace dos décadas les pedíamos al Poder Ejecutivo y al Legislativo que salieran de su autismo y se involucraran con el problema judicial, hoy, quienes esperan ver consolidado día tras día el sistema republicano sólo piden a estos poderes que ya no hagan nada más.

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